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domingo, 15 de mayo de 2011

Denominación Común Internacional (DCI

Denominación Común Internacional (DCI)

Es la denominación oficial de los fármacos. Estos nombres son asignados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) a propuesta de los laboratorios farmacéuticos "inventores", aunque de acuerdo con unas guias generales previamente establecidas. Son independientes de los laboratorios y no tienen propietario de manera que pueden ser usados sin restricción alguna. Deben ser muy simples. Debido a la generalización de su uso internacional, los organismos que regulan los nombres a nivel nacional como British Approved Names (BAN), Dénominations Communes Françaises (DCF), Japanese Adopted Names (JAN) o United States Accepted Names (USAN), adoptan los nombres de las DCIs, y los adaptan a la lengua de cada país. Desde 1953 la OMS ha asignado más de 8000 DCIs y cada año se introducen entre 120 y 150 nuevas.

En España, la regulación de estos nombres es competencia del Ministerio de Sanidad y Consumo. Se emplea el término de Denominación Oficial Española (DOE) que coincide con la DCI convenientemente adaptada al español.

Ningún carácter del nombre genérico de un fármaco puede escribirse en mayúscula, aunque debe acomodarse a las normas gramaticales para la construcción de una frase.

La OMS utiliza la terminología "International Nonproprietary Names" (INN) en lugar de DCI. En los Estados Unidos, este nombre sin propietario se conoce también como "generic name".

Constan en principio de una única palabra que define perfectamente a una sustancia que pueda ser caracterizada inequívocamente por un nombre químico. A pesar de ser ésta una condición establecida por la OMS, paradojicamente algunas DCIs se asignan a mezclas racémicas, que son dos sustancias químicas diferentes que incluso pueden llegar a tener un efecto farmacológico antagónico.

Estos nombres no se asignan para preparados de origen vegetal ni para productos homeopáticos debido a que no están perfectamente caracterizados. Tampoco se asignan a aquellas sustancias que, a pesar de estar químicamente establecidas, vienen usándose con fines terapéuticos desde hace mucho tiempo como, por ejemplo, la morfina o la codeína.

Para evitar la multiplicación del número de DCIs, en el caso de sales o ésteres diferentes de un mismo principio activo, se utiliza el llamado DCI modificado, que consiste en añadir una segunda palabra a la DCI, indicadora de la sal o del éster (p. ej, ibufenaco sódico).

Las DCIs deben tender a mantener un parentesco con otras sustancias que pertenezcan al mismo grupo farmacológico. Para ello, la OMS ha aprobado partículas, tanto prefijos como sufijos, específicas para los distintos grupos farmacológicos. Es el nombre más generalizado en bases de datos, en publicaciones científicas y en manuales como el "Index Merck" o el "Catálogo de Especialidades Farmacéuticas" que se utiliza en las oficinas de farmacia.

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